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Abogado de CPS

Abogado de CPS

Dennis R. Ingols, Abogado defensor en casos del Departamento de Servicios para Familias y Niños, en inglés Child Protective Services "CPS" Experiencia y efectividad a buen precio. Más de una década ayudando a padres a través de las diferentes etapas de las investigaciones de CPS y asuntos de Dependencia de Menores. Llame al (408) 601-0126

Testimonio 

"Me gusto mucho tratar con el Abogado Dennis, el conversar con Nayely, en todo lo que me ayudaron muchisimas gracias, estoy muy agradecida con ellos."

                                       Patricia

Dennis R. Ingols Esq.

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Información de Contacto

111 North Market Street, Ste #300, San Jose, CA 95113 admin@ingolslaw.com  |  Tel: (408) 601-0126

 

 

 

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DEFENSA EN CASOS DE CPS

 Si CPS que por sus siglas en inglés (Children

Protective Services) o Departamento de Servicios Para

Familia y Niños toca a su puerta, va a la escuela de

sus hijos, lo llama, o le deja una nota en su puerta,

llame a la Oficina del Abogado Dennis R. Ingols inmediatamente.

Recuerde que hablar con una trabajadora social, es como hablar con la policia, todo lo que dice usted,puede ser usado en su contra en la corte. 

Acciones de Dependencia

Los padres tienen el derecho fundamental de cuidar y tener control sobre sus hijos. Sin embargo, este derecho no es absoluto. Cuando CPS recibe una notificación acerca de su familia, ellos iniciarán una investigación. Dependiendo de las circunstancias, CPS puede cerrar el caso inmediatamente, pedirle firmar un plan voluntario para tomar los pasos necesarios para que usted:  se quede con sus hijos,pueda recuperarlos, o puede abrir un caso en la corte. Si ellos abren un caso en la corte  esto se llama acción de dependencia “dependency action”, donde la corte juvenil decidirá si sus hijos pueden regresar a vivir con usted y cuándo.    


CPS abre un caso llenando una solicitud escrita llamada Petición, en inglés "Petition".  La Petición afirmará uno o más de lo siguientes:

  1. Abuso físico

  2. Falta de protección

  3. Abuso emocional

  4. Abuso sexual

  5. Abuso por parte de un hermano

  6. Abandono

(Código De Institución y Bienestar Público, Sección 300 ).  

Cuando un caso se abre, da pie a numerosas audiencias. Vea la tabla siguiente en inglés.

Algunas anotaciones acerca de la tabla.  

  1. Usted puede tener abierta una acción de dependencia; no importa si sus hijos están viviendo con usted o en una casa de cuidado temporal "foster care".  Los tiempos pueden variar, pero la recuperación de sus hijos no es siempre el final de la presencia de CPS en su vida.  

  2. En casos de hijos menores de 3 años, usted tiene menos tiempo de reunificarse, a partir del tiempo de remoción de los menores.

Las primeras audiencias determinan el tono en que se desarrollará el proceso legal, así que contar con un abogado calificado desde el primer día es crucial. Las audiencias iniciales de detención, jurisdicción, y disposición se refieren a dictaminar si sus hijos estan en riesgo debido al abuso o negligencia dentro de lo establecido en el Código De Institución y Bienestar Público, Sección 300. Las audiencias sucesivas, discutirán si usted ha tomado las medidas necesarias para solucionar los problemas que la corte determinó que usted tiene.  En otras palabras, después de la audiencia de Dispocisión es demasiado tarde para argumentar que sus hijos nunca debierón ser removidos. Actúe con rapidez; llame a la Oficina Legal del Abogado Dennis R. Ingols (408) 601-0126  en caso de que CPS lo ha contactado o le ha quitado a sus hijos.

 

El abogado Ingols cuenta con el conocimiento y más de una década de experiencia ayudando exitósamente a muchos padres en  California a través de diferentes etapas de las investigaciones de CPS y asuntos de Dependencia Juvenil.  

Él escuchará atentamente su situación antes de brindarle una evaluación clara, profesional y franca de sus opciones para ayudarle a tomar las medidas necesarias que le ayuden a conseguir el mejor resultado posible.

 

La Oficina del Abogado Ingols estará honrada de asistirlo y proporcionarle la representación legal de calidad y atención personalizada que usted merece.  

Comuníquese hoy al (408) 601-0126 o envíe un e-mail a: admin@ingolslaw.com y aproveche su primera consulta gratuita. 

 

 

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